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Cargaban en su cuenta los recibos de un préstamo de otra persona. La AEPD ha sancionado con 250.000 esta mala práctica

Abrir la aplicación de la entidad bancaria a la que confiamos nuestro dinero y encontrarnos de repente que se está cargando un recibo que no conocemos de un préstamo que no hemos pedido. Esto mismo, que parece de auténtica película, ha ocurrido a una usuaria que no dudó en denunciar ante la AEPD que ha procedido a sancionar con 250.000 euros esta práctica.

Tal y como se recoge en la resolución, la reclamante manifestó ante la AEPD que el Banco Cetelem cargaba en su cuenta bancaria los recibos de un préstamo de un tercero. Todo esto justificado con los correspondientes recibos, las reclamaciones a Cetelem y también la denuncia policial. Un total de ocho recibos cargados entre julio y septiembre de 2022.

Cetelem no saber cómo acabó este número de cuenta en su base de datos

La parte reclamante, tras instar a Cetelem a detener el cobro de estos recibos y la eliminación de sus datos personales, se encontraba cada mes un nuevo recibo en los meses de septiembre y octubre de 2023. Finalmente, Cetelem respondió que su número de cuenta era el que contaba en el contrato del préstamo que le estaban cobrando. Aunque claramente ella no había solicitado el préstamo.

Obviamente, aquí hay un grave problema, y es precisamente el hecho de tener información personal de una usuaria con la que no se tiene relación contractual. La reclamante sostenía precisamente que CETELEM no revisa la titularidad de las cuentas ni exige documentos para comprobarlo como un recibo o un certificado adecuado. Y la propia entidad no pudo demostrar cómo tenía esta información.

La AEPD muestra que los dígitos de control hace que sea prácticamente imposible que se haya creado “de la nada” este número de cuenta. De esta manera concluye que:

Esto significa, como indica el afectado, que este error se debe a que Cetelem habría incorporado la cuenta bancaria del afectado en el contrato de la deudora, sin asegurarse de la titularidad de la cuenta. A la vista de lo expuesto, parece claro que Cetelem dispondría inicialmente del número completo de la cuenta bancaria del afectado, pero no aclara satisfactoriamente cómo ha podido aparecer esta información en un contrato de un cliente de Cetelem, habida cuenta que el afectado no tiene, ni ha tenido relación contractual previa con esta entidad

De manera añadida, también se dispuso que Cetelem vendió la deuda a una tercera empresa, aludiendo a esta la responsabilidad de esta reclamación. Pero igualmente la AEPD reconoce que la entidad bancaria “habría tratado información personal del reclamante sin licitud, dado que no media consentimiento, ni existe obligación legal, ni contractual, que justifique su tratamiento y como consecuencia de este tratamiento, el reclamante ha soportado diversos cargos de una deuda en su cuenta”.

Atendiendo a esto, la AEPD ha terminado sancionando al banco Cetelem por no cumplir los artículos 6 y 17.1 del RGPD. La sanción ha ascendido hasta la friolera cifra de 250.000 euros. Esto hace pensar que debemos mirar bien nuestra cuenta para evitar este tipo de sustos, y también las empresas tienen una tarea por delante a la hora de comprobar bien datos tan importantes como estos, evitando que a una persona le carguen los recibos de una cliente del banco.

Imágenes | Lena Balk Ralph

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